El tema del cuidado o de los cuidados ha tomado el centro del debate feminista en el actual proceso constituyente, y ha dado lugar a numerosos encuentros donde ha sido analizado desde distintas perspectivas.

Y es que la crisis del cuidado en distintas sociedades y los efectos de la pandemia han promovido su discusión al dejar al descubierto la vulnerabilidad e interdependencia de los seres vivos entre sí y con la naturaleza, así como la necesidad de que el Estado garantice el bienestar y el acceso equitativo de la ciudadanía a los servicios públicos. Se hizo evidente que las actividades de cuidado y la calidad de las relaciones que se gestan en torno a ellas son fundamentales para la sobrevivencia individual y
colectiva. También mostró clamorosamente los efectos negativos de la división sexual del trabajo, de la segregación laboral y de los estereotipos de género en la situación de desventaja de las mujeres en general y en especial de aquellas que viven en los territorios con menores acceso a recursos y oportunidades en momentos de crisis del cuidado y de la pandemia.

El concepto de cuidado ha sido significado de diferentes maneras y sus contenidos han ido ampliándose y precisándose a lo largo de las últimas décadas como consecuencia del mayor conocimiento de las actividades de cuidado y de sus aportes a la reproducción y al bienestar social, así como del reconocimiento de que la producción mercantil de bienes y servicios depende de los cuidados. El tema del cuidado ha atravesado distintos campos de reflexión feminista que van desde la psicología, la antropología, la sociología, la economía, las políticas públicas, hasta el derecho y la filosofía.

Desde un punto de vista político ideológico ha devenido en un concepto vinculante de distintas agendas transformadoras, que enlaza la centralidad que adquiere el cuidado en la agenda feminista con el buen vivir de la agenda de los pueblos originarios y la sustentabilidad de los movimientos ambientalistas.
La transversalidad transdisciplinaria del concepto y su carácter vinculante entre agendas transformadoras nos hace pensar que estamos frente a un nuevo paradigma de interpretación de la realidad social, que reconoce la vulnerabilidad e interdependencia humana, la importancia de los vínculos sociales para repensar desde allí los principios que nos guían, los derechos, el papel del Estado y las políticas, la economía y el desarrollo. Cuestiona el paradigma neoliberal que concibe a los individuos libres de ataduras, sin responsabilidades familiares, empresarios de sí mismos que actúan en función de sus intereses o beneficios. El nuevo paradigma emergente cuestiona y supera las dicotomías planteadas por la modernidad que oponen lo privado a lo público, el poder político al patriarcal y la división sexual del trabajo que sitúa a las mujeres en la esfera de la reproducción y les asigna una posición subordinada en el
mundo público, laboral y político.

La Convención Constitucional ofrece un escenario privilegiado para abordar desde un nuevo marco interpretativo temas cruciales tales como la definición del carácter del Estado, de las normas y principios constitucionales, los derechos y obligaciones, así como las decisiones sobre el tipo de sistema político y las relaciones entre instituciones del Estado y la ciudadanía. En breve, un espacio para debatir la distribución del poder entre los distintos poderes del estado, los territorios, las colectividades sociales, y entre mujeres y hombres, en cada uno de los espacios señalados.